Anexo A

Legislación

ILTRE. COLEGIO TERRITORIAL DE ADMINISTRADORES DE FINCAS DE MALAGA

Málaga, 25 de Julio de 2002

Estimado/a compañero/a:

Como es conocido resulta plenamente de aplicación a las comunidades de propietarios, edificios en régimen de propiedad vertical, y a los propios despachos de los Administradores de Fincas la "normativa de prevención de riesgos laborales", lo que obliga a que se adopten las medidas conducentes pan que en los edificios que administramos y en nuestros propios centros de trabajo se promueva la seguridad y la salud de los trabajadores mediante la aplicación de medidas y el desarrollo de las actividades necesarias para la prevención de riesgos derivados del trabajo, que establece la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, Ley 31/1995 de 8 de noviembre, B.O~E. de l0/XI/1995, y disposiciones que la desarrollan.

De otra parte la autoridad laboral por medio de la Inspección de Trabajo, viene incidiendo, cada vez más, en el cumplimiento de las normas al respecto, solicitando la presentación de la documentación establecida en la Ley 31/1995:

a) Evaluación de tos riesgos para la seguridad y la salud en el trabajo, y planificación de la acción preventiva

b) Medidas de protección y prevención a adoptar y, en su caso, material de protección que deba utilizarse

c) Resultado de los controles periódicos de las condiciones de trabajo y de la actividad de los trabajadored) práctica de los controles del estado de salud de los trabajadores.

Por ello es necesario tomar conciencia de la responsabilidad que nos atañe en el desempeño de nuestras funciones como administradores de inmuebles, asi como cuidarnos que en los mismos se realice la evaluación de riesgos y la oportuna planificación de la actividad preventiva, recurriendo a los "servicios de prevención ajenos" efectuando, de estimarlo procedente, la contratación con alguna de las empresas existentes en el sector.

De otra parte, entiendo, que es parte de nuestro cometido el hacer llegar a los presidentes de comunidades y a. los propietarios, la necesidad de contar dentro del presupuesto de gastos, de las partidas necesarias para poder realizar las labores preventivas de los riesgos para la salud de los empleados.

Por parte de nuestro Colegio se colaborará, en la forma más adecuada, para procurar la formación de los compañeros, y al efecto se tendrá presente este importante tema en la planificación de cursos y conferencias.

Recibe un afectuoso saludo

JESÚ LUQUE CANTERO

Presidente Ilustre Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Málaga,

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